¿PUEDE TRANSFORMARSE UNA SOCIEDAD DE HECHO, EN UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS “SAS”?

By Dr. Francisco Machado Ortiz - septiembre 27, 2018


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Si bien, el articulo 31 de la Ley 1258 de 2008, dispone lo siguiente:

Transformación. - Cualquier sociedad podrán transformarse en sociedad por acciones simplificada, antes de la disolución, siempre que así lo decida su asamblea o junta de socios, mediante determinación unánime de los asociados titulares de la totalidad de las acciones suscritas. (…)
Primero debemos responder el interrogante, si la expresión cualquier sociedad, contenida en el artículo transcrito, incluye a la sociedad de hecho. Para lo cual debemos remitirnos a lo establecido en los artículos 498 y 499 del Código de Comercio:
Formación De La Sociedad De Hecho Y Prueba De La Existencia. - La sociedad comercial será de hecho cuando no se constituya por escritura pública. Su existencia podrá demostrarse por cualquiera de los medios probatorios reconocidos en la ley. 

Carencia De Personería Jurídica - Consecuencias - Efectos. - La sociedad de hecho no es persona jurídica. Por consiguiente, los derechos que se adquieran y las obligaciones que se contraigan para la empresa social, se entenderán adquiridos o contraídas a favor o a cargo de todos los socios de hecho. 

Ahora bien, la transformación en términos generales está regulada por el legislador, como un negocio jurídico a través del cual una sociedad antes de su disolución, puede adoptar cualquiera otra de las formas de sociedad comercial consagradas en la ley mercantil, mediante una reforma del contrato social, que al tenor del artículo 167 del Código de Comercio “no producirá solución de continuidad en la existencia de la sociedad como persona jurídica, ni en sus actividades ni en su patrimonio”, premisa que restringe el ámbito de aplicación de esta figura, a sociedades con personería jurídica, condición que no cumplen las sociedades de hecho.

En este orden de ideas, no resulta ajustado a derecho en concepto emitido por la Superintendencia de Sociedades mediante OFICIO 220-136562 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2018, la transformación de una sociedad de hecho, a ningún tipo societario, incluida la sociedad por acciones simplificada regulada por la Ley 1258 de 2008, pues como fue dicho, esta constituye una reforma estatutaria que sólo supone el cambio forma, no de naturaleza, reservada para el caso de sociedades dotadas de personería jurídica.

Concepto de la Superintendencia de Sociedades OFICIO220-136562 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2018

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1 comentarios

  1. Hola, pueden los "socios" de la soc de hecho constituir una sas o cualquier soc comercial aportando a la nueva soc un predio? de tal forma que el predio pase de ser propiedad de la de hecho a la nueva sas?

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